Como saben estoy entre los primeros firmantes del manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en internet, y más aún, entre los que en su día alzamos nuestra voz para detener lo que a todas luces era una disposición legal calamitosa que facultaba a una comisión administrativa creada ad-hoc con los poderes para cerrar páginas web sin control judicial alguno.
Fue un proceso chusco, cocinado en oscuros cenáculos y en el que el lobby de los creadores asestó una puñalada por la espalda al gobierno y al partido que lo sustenta ,algo de lo que sin duda, ambos han tomado buena nota.
Tras el éxito de una movilización histórica y sin precedentes en Internet, que a buen seguro ha hecho recapacitar al gobierno y a los partidos sobre la potencia de la red, el propio presidente del gobierno salió a la palestra con una declaración en la que afirmaba tajantemente que no se cerraría ninguna web sin autorización judicial. Su primera declaración sobre temas relativos a internet en más de seis años en la moncloa.
A partir de ese momento el campeonato de egos desmedidos en el que se convirtió el famoso #manifiesto, su escasa capacidad de organización y su extremada falta de estrategia han hecho que muchos nos sintamos cansados, y nos hayamos alejado de la movilización – que no de los principios que en su día se defendieron-.
Pues bien, ayer y hoy el diario El País ha publicado un par de artículos con jugosas filtraciones sobre el nuevo texto que prepara el gobierno y que enmienda la plana de forma radical al anterior, transformándose en un proceso garantista que reconoce taxativamente que solo se podrá cerrar una web con autorización judicial.
No, definitivamente no es el texto que me gustaría ya que el desarrollo legislativo se realizará en un reglamento posterior, no en la propia ley, pero sin duda creo que es un paso en la dirección correcta.
Estamos ante la primera victoria de una movilización producida en la red en nuestro país, un hito histórico en el que se ha demostrado que los lobbys de siempre ya no tienen la fuerza de antaño y que los ciudadanos podemos comenzar a influir de forma decisiva en las decisiones de los gobiernos sin necesidad de apoyarnos en los intermediarios sociales clásicos.















32 Comentarios
César, permíteme no estar de acuerdo. Según lo filtrado por El País no se “reconoce taxativamente que solo se podrá cerrar una web con autorización judicial”, pero en absoluto.
En primer lugar no se cambia nada en en anteproyecto de ley. Osea que en ese sentido estamos igual que antes.
En segundo lugar, lo que se intenta todo lo más es ajustar algo el tiro: visto que se les fue la mano y la comisión podía hacer barrabasadas urbi et orbi, ahora habrá un juez que excluirá a aquellas webs que estime que ejercen la libertad de expresión. Pero sobre el fondo de la cuestión, seguirá decidiendo la SS de la Comisión de Propiedad Intelectual. Esto es, que si no tienes la suerte de que el juez diga que tu blog ejerce la libertad de expresión, o en casos en los que efectivamente no sea así, la comisión puede cerrar lo que quiera. Y luego, si quieres volver a abrirla, vas a juicio.
Esto es muy importante, no hay un cierre decidido por una autoridad judicial, hay un cierre decidido por una comisión administrativa. Hay una inversión de la carga de la prueba (te cerramos y demuestra tú ante un juez y en los plazos que toque que enlazar a El Mundo no es infringir la propiedad intelectual).
A mí me parece que seguimos dónde estábamos… o peor.
Julio, efectivamente no estamos de acuerdo en la interpretación de lo que ha sucedido.
El anteproyecto es eso, un anteproyecto, que será modificado tras su paso por los órganos consultivos y su posterior trámite parlamentario, por lo que entiendo que la redacción final del mismo tendrá poco que ver con el primer texto que conocemos.
En segundo lugar entiendo, y creo que es correcto hacerlo así, que la citada comisión tiene ahora una función meramente administrativa, que es su papel. Es un juez quien tras un proceso de información pública y posibilidad de subsanación, podrá dictar – o no- medidas cautelares.
En definitiva, un procedimiento que ciertamente no es el que me gustaría pero que es razonablemente garantista.
Hola:
Creo que no es un paso en la dirección correcta, y no se trata de una estrategia de todo o nada, simplemente que se pretende conseguir un resultado por un ente administrativo contrario a lo que los jueces vienen indicando.
No estamos hablando de que ante un caso evidente se actúe (descarga directa por precio de una canción de Sabina) estamos hablando de que ante una conducta no sancionada por la ley (opinión ratificada por los jueces) se impida a la web continuar prestando el servicio, hasta que un juez le permita abrir nuevamente, pasados x años.
Esa es la clave, que es una burla al estado de derecho y a las leyes.
Un saludo
David, yo no veo por ningún lado esa intención en los datos filtrados por El País, más bien al contrario, ahora existe la posibilidad de una tutela judicial efectiva ante posibles abusos.
Sobre lo que comentas, los jueces unicamente aplican las leyes emanadas del poder legislativo, que es el competente para ello.
Proponer leyes al parlamento es función del gobierno, por lo tanto no puede ser en ningún caso una burla del estado de derecho sino un mero ejercicio de sus atribuciones.
En definitiva, no estamos hablando de cuestiones legales ni procedimentales sino de la colisión de dos bienes protegidos por las leyes, el derechos a la propiedad intelectual y el derecho a la libertad de información, y en estos casos, el gobierno ha de arbitrar formulas de convivencia entre ambos.
César, para mí también es un placer debatir contigo. Vamos a ello:
Ahora mismo lo que tenemos es una redacción del anteproyecto aprobada en consejo de ministros a principios de diciembre. Hasta ahora nadie ha manifestado voluntad de cambiarla. De hecho en el artículo de Ramón Muñoz de ayer en El País se decía expresamente que este nuevo procedimiento se haría sin cambiar leyes. Si tienes informaciones distintas, por favor coméntalas.
En cuanto al procedimiento propuesto, yo al menos no he visto siquiera un borrador, me baso únicamente en lo que publica El País. Según el artículo de ayer y el de hoy, lo que se preve hacer es:
a) Una parte denuncia a la comisión una violación de propiedad intelectual (o incluso de alguno de los otros supuestos del art. 8 de la LSSICE).
b) La comisión notifica a la web y le permite hacer alegaciones
c) Si no le valen las alegaciones la comisión da un plazo para retirar el material (o los enlaces) que considere que violan la propiedad intelectual
d) Si no se atiende al requerimiento la comisión solicita al juez un dictamen, no sobre el fondo del asunto (si hay o no violación de propiedad intelectual) sino sobre si la parte esta legitimada para actual (que será en un 99% de casos sí) y si está en juego la libertad de expresión. Esto debería (digo debería porque no hay más que ver la sentencia de la Cadena Ser) excluir a medios de comunicación y, puede que también a blogs y otras publicaciones de caracter informativo.
e) Si el juez no estima que haya conflicto con libertad de expresión, la comisión, no el juez, es la que dictamina el cierre de la página o el bloqueo si está alojada en el extranjero.
f) Para recurrir esta situación queda la vía del contencioso administrativo o la de un juicio civil ordinario, en el que irónicamente la web deberá solictar como medida cautelar el desbloqueo de su página. Esto es, inversión de la prueba o si lo prefieres, suspensión de la presunción de inocencia o criminalización del enlace.
Pongamos un ejemplo práctico. Idealista publica un enlace a una web cualquiera. Al dueño de la web no le gusta y denuncia a Idealista ante la Comisión. La comisión les pide que retiren el enlace, Jesús Encinar dice que no, el juez dice que Idealista no es un medio y que no se vulnera la libertad de expresión y la comisión cierra Idealista.
Ante un riesgo como este lo que sucedería sería un “chilling effect”. Ante cualquier reclamación por cualquier enlace o cualquier contenido procederás rápidamente a quitarlo, porque el daño de un cierre por la comisión es excesivamente elevado para cualquiera.
¿Ves esto garantista?
Me parece una buena descripción de los acontecimientos.
Julio, sobre lo primero que comentas, entiendo que el texto va a ser modificado en el trámite parlamentario, si.
Sobre el trayecto de acontecimientos que mencionas, no coincido en absoluto en tu lectura de los mismos ya que – a pesar de la obscenidad de la sentencia contra la SER- el juez solo debe dictaminar esa legitimación en el caso de que efectivamente lo estén, es decir, en casos como por ejemplo las granjas de links que todos conocemos.
Y si, es garantista porque sera un juez y solo un juez quien dictamine en ultima instancia, y tendrá en cuenta la posible colisión de los derechos del autor con el de la libertad de información.
Como te digo, no es perfecto, pero es un paso adelante en la búsqueda de una solución complicada.
Hola:
La tutela judicial, hablar de efectiva con el retraso de la justicia es poco menos que imposible, ya se tenía antes.
El acto administrativo de cierre de la web se podía recurrir, eso siempre estará y los abusos los corregirá el juez posteriormente.
Y esa es la cuestión. El abuso y la burla es que una conducta que es lícita (las “granjas de links” a priori ni distribuyen, ni comunican publicamente, ni transforman, ni reproducen la obra) se ve impedida temporalmente porque alguien, la administración, interpreta la ley, una ley de derecho privado, contrariamente a como lo vienen haciendo los jueces.
¿Que pasa si alquilas un pabellón y no te pagan la renta? Pues que tienes que ir al juzgado para que se resuelva el contrato y exigir el cobro. Pues bien, ¿porqué la propiedad intelectual está por encima de la propiedad ordinaria?¿Porqué la administración no podría en ese caso también expulsar al inquilino moroso?
Pues porque las relaciones privadas entre las partes se ventilan entre las partes, en los juzgados y la administración no está para enjuiciar conductas reguladas en una ley de derecho privado.
Se pretende sustraer, al menos inicialmente, a los juzgados de una materia de su competencia, ¿la razón? deben explicarla mejor.
Es un problema con bastante calado, con independencia de las materias concretas de que se trate, ya que altera la forma en que se configura el estado de derecho y las relaciones entre particulares y el poder de la administración.
Un saludo.
David, si es como tu dices los órganos consultivos por los que tiene que pasar el proyecto lo rechazarán poniendo de manifiesto su falta de encaje en nuestro ordenamiento constitucional.
Pero te adelanto que no será así, depende del legislador otorgar les o no una especial protección. Otra cosa es que a mi me parezca que deban protegerse especialmente, que no es el caso.
Por tanto y por muy cabezones que nos pongamos sigue sin ser un problema jurídico.
Creo que está muy bien explicado en este artículo de David Bravo que sí es abogado especialista en estos temas: http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/010302.html
No es en absoluto un cambio a mejor, en caso que sea cierto, precisamente es un retoque de última hora para tratar de engañar y contentar a ciertos sectores (como veo que es el caso del autor de este artículo) pero que, de aprobarse tal cual ese anteproyecto de ley, seguirá siendo un atentado contra la libertad y los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Por otro lado, El País, en esa noticia, no muestra esa supuesta reforma en el texto del Anteproyecto de Ley, así que, de ser cierta, tenemos que fiarnos que la han interpretado correctamente. Lo cual, viendo la falta de rigor periodístico y/o profesionalidad de muchos medios de comunicación en ciertos temas (especialmente este), no es un buen comienzo para fiarme de lo que dice El País sin aportar nada más que su opinión y/o interpretación.
Pero veo que muchos se han lanzado a opinar sobre una reforma que nadie ha leído (¿quizás el redactor de El País sí?), que ni se sabe si es cierta o no y en qué términos exactos está redactada… Cuando hablamos de leyes es muy importante, para poder valorarla adecuadamente, poder leerla tal cual ha sido redactada, no a través de interpretaciones de otros, especialmente cuando esos otros son legos en la materia.
Yo interpreto el texto de otra manera: el juez no decidirá si la web está cometiendo actos ilícitos, sino que determinará si está ejerciendo derechos fundamentales como la libertad de expresión, etc; por lo tanto esto es solo un pequeño by-pass, que sigue dejando prácticamente en manos de la comisión el cierre de webs.
Internet es algo así como una anarquía o república, no existe rey y nadie manda por encima de nadie, es más, muy a pesar de algunos, Internet se debe entender así, aunque algunos no lo acepten.
Una pregunta (evidentemente no hace falta que publiques este comentario porque no tiene relación directa con el tema, pero no sabía donde comentártelo).
¿Funciona correctamente tu sistema de trackbacks?
Es que he enlazado el que pones aquí: http://www.netoraton.es/wp-trackback.php?p=6609, pero cuando lo pulso (en mi blog) me abre una página en blanco con un “1″. Y si miro el código fuente de esa página pone:
1
Lo cual indica que se ha producido algún tipo de error.
Si no me equivoco (aunque apenas he comenzado a usar esto de los trackbacks) se supone que al pulsar en ese enlace trackback debería “avisar” a tu blog de la url del articulo del blog origen, desde donde se hace referencia a este y, luego, redirigir a la entrada del blog de ese trackback, no?
Un saludo.
A mí lo que me gusta es el titular del post: “Lobby feroz”. Ja, ja, ja. ¡Es genial!
No estoy de acuerdo. La filtración de “El País” no reconoce que solo se podrá cerrar una web con autorización judicial, sólo dice que le van a preguntar a un juez si la famosa Comisión es competente para cerrar webs con “contenido lesivo” (”El País” dixit), y dirá que sí. No se le permitirá entrar a valorar el fondo del asunto, es decir, si de verdad esa web vulnera algún derecho. El cierre lo sigue ejecutando dicha Comisión. Estamos igual que antes.
El lio de las descargas, los derechos de los internautas y el lobby feroz http://www.netoraton.es/?p=6609
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#manifiesto http://bit.ly/7ayouy ya vemos donde están los puñales al manifiesto. porqué son contrarios a la libertad?
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Así han funcionado toda la vida las revoluciones, cambiando unos lobby’s por otros. Sin más. http://tinyurl.com/yfksrvw
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